Más preguntas frecuentes sobre el VAWA

La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) crea una disposición especial en la ley de inmigración de Estados Unidos que protege a las víctimas de abusos domésticos que no son ciudadanos estadounidenses. Normalmente, si usted es el cónyuge, hijo o padre de un ciudadano estadounidense o residente permanente, esa persona tendrá que solicitar una tarjeta verde en su nombre. Sin embargo, en virtud de la ley VAWA, es posible que pueda obtener un estatus migratorio legal por su cuenta. A continuación, algunas otras preguntas frecuentes sobre la VAWA.

¿Qué es un «Derivado»?

Un derivado es un individuo que no es ciudadano de los Estados Unidos que puede obtener un estatus migratorio legal a través de otro no ciudadano que es el solicitante principal. Por ejemplo, una persona maltratada que busca un estatus bajo la ley VAWA puede también buscar un estatus para sus hijos menores.

¿Qué son los «motivos de inadmisibilidad»?

Los motivos de inadmisibilidad son razones por las que una persona no puede ser admitida en Estados Unidos. Estos motivos pueden incluir cosas como ciertas condenas penales o la comisión de diferentes tipos de fraude. Es posible que no pueda recibir un beneficio de inmigración por motivos de inadmisibilidad. Sin embargo, un abogado de inmigración con experiencia puede indicarle si está incluido en uno de estos motivos de inadmisibilidad y si hay alguna exención que pueda ayudarle.

¿Pueden los hombres acogerse a la VAWA?

Aunque en la ley se utiliza el término mujer, los hombres también pueden acogerse a las protecciones de la VAWA.

¿Se considera a un hijastro como hijo a efectos de la VAWA?

Según la ley de inmigración, se considera que un hijo es biológico, adoptado o hijastro. Sin embargo, un hijastro debe ser menor de 18 años en el momento del matrimonio, y un hijo adoptado debe tener 16 años o menos en el momento de la adopción.

¿Qué protecciones ofrece la VAWA?

Hay tres (3) formas posibles de alivio bajo VAWA, y cada una tiene sus propios requisitos.

  • Autopetición VAWA- puede ser elegible para solicitar por sí mismo la residencia legal permanente sin la ayuda del agresor.
  • Exención para cónyuges o hijos maltratados – si tiene la residencia legal permanente condicionada, puede conseguir que se le retire la condición sin la ayuda del agresor.
  • Cancelación de la expulsión por la VAWA. – si está en medio de un proceso de expulsión ante un juez de inmigración, podría ser posible solicitar una cancelación de la expulsión basada en el abuso y/o la crueldad extrema por parte de un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente. Es muy importante que se ponga en contacto con un abogado si está considerando esta vía.

¿Puede una persona solicitar la VAWA si se ha divorciado de su agresor residente legal permanente o de la USC?

Sí. Uno puede solicitar la auto-petición de VAWA hasta dos (2) años desde la fecha de divorcio y/o separación legal de su abusador. Uno puede solicitar la cancelación de VAWA en cualquier momento en los procedimientos de expulsión, incluso si han pasado más de dos (2) años desde el divorcio de su abusador de USC o residente legal permanente.

Póngase en contacto con un abogado de inmigración con experiencia

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